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Información normativa

Artículo 105. Información en materia normativa.

Los cabildos insulares mantendrán permanentemente actualizada la información siguiente:

  1. La iniciación de los procedimientos de elaboración de los proyectos de ordenanza o reglamento, especificando su objeto y finalidad.
  • Los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto y estado de tramitación.
  • Los textos de los proyectos de ordenanza o reglamento una vez ultimados y, en todo caso, simultáneamente a la solicitud de los informes preceptivos.
  • Las memorias o informes justificativos, en los que deben constar los motivos que justifican la aprobación de los proyectos.
  • Las alegaciones presentadas durante la fase de información pública y, en el caso de que se haya sometido a participación pública, el resultado de dicha participación.
  • Los informes y dictámenes generados en la tramitación del procedimiento de elaboración.
  • Los textos de las ordenanzas y reglamentos dictados por la corporación.
  • Los textos de las sentencias que afecten a la vigencia e interpretación de las normas dictadas por la corporación.
  1. Los textos de las directrices, instrucciones y circulares que tengan incidencia en los ciudadanos, así como aquellas directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos.

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