Funciones
Las funciones del Gerente vienen determinadas en el artículo 20 de los Estatutos Sociales de Fundación Tenerife Rural, así como en los acuerdos aprobados por el Patronato de esta entidad en las reuniones celebradas.
Con fecha 29 septiembre de 2000 en la que se adoptaron entre otros los siguientes acuerdos:
· Atribuir al Gerente de la Fundación, mediante apoderamiento otorgado al efecto, las siguientes facultades y competencias:
o Ejecutar las líneas de política de actuación y gestión de la Fundación fijadas por el Patronato y organizar y dirigir en general las actividades de esta Entidad (art. 14.3, letra a, de los Estatutos).
o Elaborar anualmente para su aprobación por el Patronato los programas de actividades, el inventario, el balance de situación, la cuenta de resultados, las memorias, los presupuestos y liquidaciones de cuentas (art. 14.3, letra b).
o Decidir en materia de cobros y ordenación de gastos y pagos hasta un importe máximo de 300.000 pesetas (art. 14.3, letra c).
o Redactar, en su caso, el Reglamento de Régimen Interior de la Fundación, así como sus modificaciones, y someterlos al Patronato para su aprobación (art. 14.3, letra e)
Con fecha 10 de mayo de 2001 en la que se adoptaron entre otros el siguiente acuerdo:
· El Patronato, por unanimidad, acuerda facultar al Sr. Gerente para elevar a público cuantos acuerdos sean adoptados por los Órganos de Gobierno de la
Fundación y requieran tal formalización, así cómo para instar su inscripción en los correspondientes Registros en los casos en que proceda.
Con fecha 21 de noviembre de 2003 en la que se adoptaron entre otros el siguiente acuerdo:
· Facultar al Sr. Gerente para solicitar toda clase de ayudas o subvenciones ante cualquier Administración o Ente público o privado, así como para realizar cuantas actuaciones fuesen necesaria a tal fin.